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JULIO CÉSAR RAMÍREZ

Un órgano internacional recomienda investigar pozos de fracking en Nuevo León.

Tras el análisis de una petición realizada por afectados mexicanos y de recibir respuesta con información por parte de autoridades ambientales de México, el Secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental recomienda iniciar un expediente de hechos para el caso mexicano. El Consejo de dicha institución definirá en los siguientes días si acatará dicha recomendación para dar cuenta de omisiones en el cumplimiento de leyes ambientales en el desarrollo de pozos de fracking en Nuevo León.

La Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA), instancia encargada de velar por el cumplimiento de las leyes medio ambientales en los países que integran el T-MEC tiene en sus manos la posibilidad de iniciar una investigación sobre el cumplimiento de lineamientos ambientales para la realización de pozos de fracking en México.

En octubre de 2018 el Secretariado de esta institución recibió la petición SEM-18-003 (Fracturación Hidráulica de Nuevo León) para iniciar una investigación sobre el actuar del Gobierno mexicano en cuanto a la aplicación de leyes correspondientes en materia ambiental con relación a la restauración de sitio y abandono posteriores a las actividades de fracturación hidráulica llevadas a cabo en el municipio de Los Ramones, Nuevo León.

Los peticionarios alegan que Pemex ha estado explorando hidrocarburos en el área de Los Ramones y en otros lugares en el estado de Nuevo León, donde se realizaron los pozos Tangram-1 y Nerita-1 para usar la fracturación hidráulica y buscar hidrocarburos.

Señalan que tras diversas búsquedas de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) de estos pozos, no encontraron ninguna información pública al respecto.

Añaden que tras la perforación de estos pozos cercanos a la comunidad de Hacienda del Carrizo, se han evidenciado diferentes afectaciones como sismicidad inducida por la fractura hidráulica, además de haberse generado impactos en el agua, el medio ambiente y la agricultura en la comunidad.

Aseveran que en el pozo Tangram-1, concluido en diciembre de 2013, se inyectaron 25 mil 808 metros cúbicos de agua y se alcanzó una profundidad de 4 mil 426 metros.

Por cuanto al pozo Nerita-1, concluido en agosto de 2014, se inyectaron 13 mil 039 metros cúbicos de agua hasta una profundidad de 4 mil 100 metros.

Los peticionarios afirman que México incurre en omisiones en la aplicación efectiva de varios artículos de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), en particular la obligación de presentar una MIA y la aplicación de medidas de seguridad para proteger el medio ambiente.

Alegan omisiones e incumplimiento de varias normas contenidas en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental y el Reglamento de la Ley General de Prevención y Gestión Integral de Residuos.

Añaden que tampoco tuvieron oportunidad de participar en un proceso de consulta pública del proyecto, ya que no hubo acceso a los estudios correspondientes ni les fue informada su existencia.

Por su parte, el Secretariado ha estimado que, si bien en principio existe una MIA presentada conforme al artículo 28 de la LGEEPA respecto del Proyecto Cuenca de Burgos, no se dio oportunidad a la comunidad afectada de conocer las obras propuestas ni los impactos ambientales anticipados de los pozos mediante un proceso de consulta efectivo, transparente y conforme a la legislación.

Habiendo considerado la petición a la luz de la respuesta de México, el Secretariado encontró presuntas deficiencias en la Manifestación de Impacto Ambiental de los pozos Tangram-1 y Nerita-1, así como en materia de responsabilidad por daños al ambiente, establecimiento de medidas de seguridad y aprovechamiento sustentable del agua, por lo que recomienda al Consejo del CCA aprobar el inicio de un expediente de hechos respecto de la aplicación efectiva de los artículos 28 fracciones I y XIII, 88 fracción III y 170 de la LGEEPA.

El Consejo del CCA debe aprobar en votación mayoritaria lo recomendado por el Secretariado para iniciar el expediente de hechos y determinar las fallas atribuidas al Estado mexicano así como las enmiendas necesarias para la protección de la naturaleza.

Por tal motivo, la Alianza Mexicana contra el Fracking hace un llamado a seguir la recomendación de iniciar el expediente y detallar las faltas incurridas; y reitera que el fracking debe ser prohibido en el país.

@kardenche

Escrito en: Yo río libre pozos, ambientales, Nuevo, Ambiental

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