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Acciones afirmativas: rumbo a una integración incluyente del Congreso del Estado

Columnista invitada

MIRZA MAYELA RAMÍREZ RAMÍREZ

La Constitución local establece que el Estado de Durango adopta el régimen de gobierno de democracia representativa, y que buscará promover la participación paritaria de mujeres y hombres en los cargos de elección popular, así como las condiciones para garantizar la participación política de los grupos o sectores sociales en desventaja (arts. 60 y 65). Por lo que, con base en esta y otras legislaciones, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango (IEPC), a través de acciones afirmativas, busca materializar el contenido de dichos preceptos normativos para este proceso electoral 2020-2021 en la integración del Congreso estatal.

Para implementar las acciones afirmativas por parte del IEPC, se realizaron previamente actividades de análisis, promoción y sensibilización. Esto es, de febrero a julio de 2020, se llevaron a cabo foros y talleres con personas indígenas, migrantes, jóvenes, con discapacidad y de la diversidad sexual, para difundir sus derechos político-electorales; asimismo, se realizaron reuniones para compartir información con la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Instituto Duranguense de la Juventud, Instituto de Atención al Migrante, Instituto Estatal de las Mujeres y el Congreso del Estado. Posteriormente, entre los meses de agosto a noviembre de 2020, se tuvieron diversas reuniones con las dirigencias y representaciones de los partidos políticos. Y hasta en noviembre de 2020, el Consejo General, mediante el acuerdo IEPC/CG51/2020, aprobó las acciones afirmativas en favor de mujeres y grupos en desventaja (jóvenes, indígenas, migrantes, personas con discapacidad y personas de la diversidad sexual); dicho acuerdo no fue impugnado por parte de los partidos políticos, solamente de un integrante del pueblo indígena tepehuano.

Por tanto, el contenido de las acciones afirmativas ha quedado firme, y los partidos políticos deberán cumplirlas en las postulaciones para este proceso electoral 2020-2021. Dichas acciones se aplicarán en ambos principios de Representación Proporcional (RP) y Mayoría Relativa (MR). En términos generales, a continuación, explico en qué consisten.

Para las mujeres, las acciones afirmativas se aplicarán en ambos principios. Por el principio de RP, las listas de candidaturas a diputaciones locales deberán iniciar con fórmulas encabezadas por el género femenino y se alternarán para garantizar el principio de paridad hasta agotar cada lista. Mientras que por MR, para evitar que alguno de los géneros le sea asignado exclusivamente aquellos distritos con porcentajes de votación más bajos, los partidos políticos deberán dividir los 15 distritos en 3 bloques de competitividad electoral -de alta, media y baja votación-, y al menos uno de los bloques deberá ser encabezada por una mujer. Y por último, tratándose de la postulación de fórmulas encabezadas por hombres, la posición de suplente puede ser ocupada por una mujer; este criterio no será aplicable para el caso contrario, es decir, cuando la fórmula sea encabezada por una mujer, la suplente deberá ser mujer.

Por cuanto hace a los grupos o sectores en desventaja, las partidos políticos realizarán las postulaciones de la siguiente manera. Por el principio de MR, deberán presentar cuando menos una fórmula de candidatura, en la cual tanto propietario como suplente se encuentren en el grupo de edad de entre 21 y hasta 30 años cumplidos para el día de la elección. Por el principio de RP, dentro de las primeras seis posiciones de la lista de sus candidaturas, deberán presentar cuando menos una fórmula en la cual tanto propietario como suplente pertenezca a los grupos de la diversidad sexual, migrantes o personas con discapacidad permanente. Y finalmente, derivado de la resolución del Tribunal Electoral local, los partidos políticos deberán registrar, cuando menos, una fórmula de personas indígenas en cualquiera de las cuatro primeras posiciones de sus respectivas listas de candidaturas.

Como se señaló en el párrafo inicial, el régimen de gobierno en Durango es la democracia representativa, lo que se traduce en que el pueblo delega el ejercicio del poder a los representantes seleccionados mediante elecciones; y en nuestro estado, el pueblo se conforma por diversos grupos o sectores en desventaja, como son las personas indígenas, con discapacidad, migrantes, jóvenes y de la diversidad sexual. Así, por primera vez en la historia, con las acciones afirmativas consensuadas entre el IEPC y los partidos políticos, se busca, por un lado, que el Congreso local se integre de manera paritaria y, por otro, que se incluyan las voces de los diversos grupos o sectores de la población duranguense. ¡Este 6 de junio, el poder es tuyo!

* La autora de esta colaboración es consejera del Instituto Electoral y de Participación del Estado de Durango (IEPC)

Escrito en: Columnista invitado partidos, acciones, grupos, personas

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