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Avanza dictamen que reconoce igualdad

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AGENCIAS

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó, con 19 votos a favor, cuatro en contra y cuatro abstenciones, un dictamen para reconocer en la Carta Magna todas las estructuras, manifestaciones y formas de comunidad familiar, incluyendo a las integradas por parejas del mismo sexo, con o sin hijos, que estén bajo la figura de matrimonio, concubinato o cualquier otra forma de unión.

El dictamen fue remitido a la Mesa Directiva para su debate en el pleno y describe el enfoque de perspectiva de género en el desarrollo nacional para generar políticas públicas que promuevan derechos, garantizar un trato neutral.

Se reconoce a las personas intersexuales en la norma suprema a efecto de que gocen, indefectiblemente y sin obstáculo, por una condición biológica, de cualquier prerrogativa a la que, por ser mexicanos, tienen derecho.

Se establece la prohibición de hacer diferencia salarial alguna que atente, directa o indirectamente por origen étnico o nacional, identidad y expresión de género, edad, discapacidad, condición social, de salud, religión, opiniones, preferencias y orientación sexual, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Además se aprecian modificaciones a diversos artículos de la Constitución para atender el lenguaje incluyente y plantean dos artículos transitorios que permiten que las reformas subsecuentes deban aplicar lenguaje incluyente y reconocer que todas las referencias que en esta Constitución y demás ordenamientos jurídicos se hagan a ciudadano, diputado, senador, presidente, ministro, magistrado, gobernador, secretario o subsecretario, consejero, candidato, titular, hijo, servidor, empleado, así como sus fórmulas en plural, o cualquier otra análoga, se entenderán hechas a ambos géneros.

También se establece la paridad en la designación de cargos que no son de elección popular, como el caso de la integración de las dependencias del Poder Ejecutivo federal y entidades federativas, en puestos de primer nivel (secretarías, subsecretarías, unidades y direcciones generales); organismos de la administración pública paraestatal; organismos constitucionales autónomos nacionales, federales y locales; puestos de primer nivel y mandos superiores de la administración pública municipal y alcaldías.

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