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El truco de la sobrerrepresentación

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OMAR ORTEGA SORIA

Nuestra Constitución es clara, pero, en la práctica, mucho de lo que dice no se ha cumplido; con esto en mente, en los últimos días tomó relevancia el asunto de la sobrerrepresentación. Básicamente, este es un principio que existe desde 1996 que prohíbe la distorsión de la voluntad ciudadana, al poner un candado para que la diferencia entra la votación obtenida y los espacios que son asignados no pase del 8 por ciento. Por ejemplo, si un partido obtuvo en las urnas un 30 por ciento de los votos, la Constitución prohíbe que tenga más de un 38 por ciento de los curules en el Congreso.

Para entender mejor este fenómeno, es necesario tener claro el papel de las diputaciones de representación proporcional, ideadas en su inicio para darle pluralidad a los Congresos, ya que partidos políticos que no obtuvieron triunfos de mayoría relativa sí podrían aspirar a tener representación; además, hay que considerar la existencia de las coaliciones como estrategias partidistas.

Ahora bien, en 2012, a nivel federal la coalición PRI-Verde obtuvo una diputación más de las que permite la Constitución (0.2 por ciento por arriba); en 2015, la misma coalición obtuvo 8 diputaciones por encima del límite permitido (1.7 por ciento más) y en 2018, la coalición Morena, PT, PES, obtuvo 39 diputaciones más de las que permite la Constitución, teniendo una sobrerrepresentación del 15.7 por ciento, es decir, 7.7 por ciento más.

¿Qué es lo que pasa? Pues sencillamente que partidos coaligados se prestan cuadros para competir bajo las siglas del otro. Por ejemplo, el partido grande le presta al partido chico un militante; este contiende con las siglas del partido del chico y obtiene el triunfo, se le cuenta al partido chico y el triunfo no es tomando en cuenta al momento de la asignación de representación proporcional del partido grande. Al final de cuentas, el legislador electo por el partido chico cambia de bancada y regresa al partido grande. Es decir, se inflan los triunfos del partido chico y el partido grande evita el candado constitucional.

Ante la polarización creciente de la sociedad y la necesidad de contar con mayorías en los órganos legislativos, dicha estrategia toma relevancia y fue abordada la semana pasada por un acuerdo del INE, quien ahora verificará la afiliación efectiva de cada una de las candidaturas triunfadoras por el principio de mayoría relativa; es decir, aquella que esté vigente al momento del registro de la candidatura. De esta forma el triunfo será contado a favor del partido con el cual la candidatura ganadora tenga su afiliación.

En caso de que no tenga afiliación a algún partido, el triunfo será contabilizado según el convenio de coalición aprobado; si es reelección y el ganador no cuenta con afiliación, el triunfo será contabilizado al partido a cuyo grupo parlamentario perteneciera.

Con dichas reglas, el acuerdo del INE busca hacer cumplir el principio de sobrerrepresentación que marca la ley, y evitar lo que en la práctica se ha convertido en una distorsión a nuestro sistema político. Y por supuesto que ha puesto de nueva cuenta en el ojo del huracán al órgano electoral federal ante los señalamientos de que el acuerdo está fuera de tiempo, va más allá de las atribuciones de este órgano o que incluso va en contra de resoluciones jurisdiccionales anteriores.

Será muy interesante saber cuál será la resolución del Tribunal Electoral o incluso si se convierte en otro pendiente legislativo para seguir perfeccionando nuestro sistema, ante las voces que piden eliminar o disminuir el margen del 8 por ciento, al mismo tiempo que cobra especial relevancia a nivel local al aplicar este principio en la elección del Congreso de nuestro estado.

* El autor de esta colaboración es consejero del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango (IEPC).

Twitter: @omarortegasoria

Escrito en: Pulso electoral partido, chico, obtuvo, será

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