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MIGUEL CARBONELL

Las claves de la reforma laboral

MIGUEL CARBONELL

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Hacía casi 50 años que no se había producido una reforma tan extensa y profunda en materia laboral en México. Las modificaciones aprobadas por el Congreso de la Unión suponen un verdadero parteaguas para trabajadores, patrones y sindicatos, así como un desafío para los profesionales del derecho que se dedican a los temas laborales.

La reforma permite acatar un mandato constitucional publicado el 27 de febrero de 2017, que suscitó (cabe recordarlo) la aprobación unánime de los legisladores integrantes del Congreso de la Unión. Además, con la reforma ya aprobada, México da cumplimiento a tratados internacionales suscritos por nuestro país en materia de reconocimiento a los derechos de las personas que son trabajadoras domésticas y en materia de libre comercio (en el T-MEC se incluyeron previsiones relacionadas con los asuntos sindicales). Las principales novedades que trae consigo la reforma son las siguientes:

1. Van a desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que habían sido creadas por el Congreso Constituyente de Querétaro en 1917 (a nivel federal la Junta de Conciliación fue creada diez años después, en 1927). En un plazo de tres años deberán establecerse tribunales laborales en cada una de las 32 entidades federativas y en un plazo de cuatro años deberán estar funcionando los nuevos tribunales a nivel federal en la materia. Los concursos para designar a los titulares de dichos órganos serán abiertos, para que pueda participar cualquier profesionista que reúna los requisitos de ley.

2. Se crea un nuevo Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que tendrá importantes atribuciones en relación a los sindicatos y además se hará cargo del proceso de conciliación obligatorio a nivel federal, que es otra de las grandes novedades de la reforma. Por tanto, se produce una separación entre la función conciliadora (que atenderán autoridades administrativas) y la función judicial (a cargo de los tribunales mencionados en el punto anterior).

3. El nuevo texto de la Ley Federal del Trabajo ordena que se revisen, en un plazo máximo de cuatro años, todos los contratos colectivos de trabajo que existen en el país. El contenido contractual que emane de dicha revisión será depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, y dado a conocer de forma impresa a todos los trabajadores.

4. Se crean nuevas reglas para el trabajo doméstico, a efecto de que las personas que lo desempeñan cuenten con los beneficios de la seguridad social y puedan ejercer su derecho colectivo de sindicación o, en el caso de los patrones, de agrupación patronal.

5. Se crea un nuevo procedimiento laboral ordinario en el que se refuerzan los elementos de oralidad que ya existían y se contempla el uso de las nuevas tecnologías para hacerlo más dinámico (incluyendo las videoconferencias para desahogar diligencias procesales), abreviando los tiempos procesales que en la actualidad suelen ser bastante largos. Se va a exigir la presencia permanente del juez en las audiencias y las partes podrán interrogar con libertad a los testigos, sin tener que someter por escrito sus preguntas al órgano jurisdiccional, tal como sucede actualmente. Eso va a permitir un proceso laboral mucho más dinámico y moderno, que se va a parecer a lo que ya tenemos en materia mercantil, penal o de derecho familiar.

6. Se crea una figura llamada "constancia de representatividad sindical", que busca asegurar que los sindicatos que pretendan ejercer derechos colectivos como el derecho de huelga o de contratación colectiva en verdad cuenten con el respaldo de los trabajadores y no sean puros membretes creados para extorsionar a las empresas.

En fin, son muchas las novedades que trae consigo la reforma. Se trata de un desafío enorme, que sin duda puede venir a transformar (para bien o para mal), la vida de los sindicatos mexicanos, y que sin duda afectara a millones de trabajadores mexicanos. Bienvenida sea la reforma y a prepararnos todos para los muchos cambios que va a generar.

Escrito en: MIGUEL CARBONELL reforma, derecho, Conciliación, materia

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