Editoriales

Diálogo y política ciudadana (1)

A la ciudadanía

GERARDO JIMÉNEZ GONZÁLEZ

Hemos insistido en que la consulta sobre el Reglamento de Participación Ciudadana que propusieron los regidores del actual Cabildo de Torreón, se amplíe y profundice, que su definición final sea producto de un proceso basado un mayor consenso entre los ciudadanos de esta municipalidad. Seguiremos insistiendo en que esta definición será una oportunidad para a su vez construir un modelo de gobernanza local singular.

Insistimos en que se revise la parte del Presupuesto Participativo en el reglamento, que amplíe lo mecanismos de participación ciudadana como un filtro para que el gasto público se ejerza con transparencia, pero también que abra la posibilidad de una incidencia mayor de los ciudadanos en las decisiones sobre el ejercicio de los recursos públicos municipales, que tales decisiones no se limiten a la incidencia de los grupos de interés por acceder a esos recursos, sea como negocio particular, compromisos corporativos y/o de partido u otros.

El proyecto de reglamento contempla otros instrumentos que definen novedosos mecanismos institucionales en las relaciones entre gobernantes y ciudadanos, es el caso de la Audiencia Pública y la Consulta Popular. La primera es definida como "el derecho de los habitantes del municipio para que las autoridades competentes del gobierno municipal: I. Reciban las propuestas para la implementación de programas o la realización de actos concretos relativos a la función pública; II. Proporcionen la información concerniente a determinados programas, acciones y funciones; y III. Escuchen los planteamientos de los solicitantes en relación a temas de interés público en la comunidad y propongan soluciones".

Esto implicaría que los ciudadanos tenemos derecho a solicitar Audiencia Pública para cualquiera de las tres opciones que nos presenta. Aún aunque hubiese otras opciones, la aquí señaladas indican que si queremos incidir en una decisión sobre el gasto público podríamos presentar una propuesta, por ejemplo, de que se construya un espacio público de calidad en el que nuestra colectividad, nuestras familias puedan esparcirse con actividades culturales y deportivas, a través de este mecanismo podríamos proponer a la autoridad municipal dicha obra, pero también participaríamos desde el concepto con base al cual se elabora el proyecto, la licitación, construcción y operación de ese espacio público.

Es decir, legalmente podríamos hacer propuestas para la definición del Presupuesto Participativo o solicitar Audiencia Pública para que se nos considere. El modelo de gobernanza que se diseñe y aplique en este municipio impactará otros ámbitos del desarrollo local; por ejemplo, si se formula la propuesta de crear vialidades con una visión más incluyente de movilidad urbana, se modificaría la forma de organización y funcionamiento de las ciudades.

El modelo actual de movilidad se centra en facilitar prioritariamente el desplazamiento de las personas a través de automóvil, las calles, jorobas, puentes y señalización han sido diseñadas con este fin, excluyendo otras formas de movilidad como la no motorizada, del ciclista y el mismo peatón, aunado que requieren grandes inversiones en infraestructura y sólo facilitan el traslado de un lugar a otro a quienes tienen la posibilidad de adquirir y mantener un auto. Esto se complementa con un sistema de transporte colectivo deficitario, autobuses en mal estado y no tan barato para quienes perciben bajos ingresos.

Si los ciudadanos tenemos la posibilidad de acceder a mecanismos de participación en la gestión pública podremos incidir en las decisiones, entre otras cosas, sobre el gasto público municipal. Entre los políticos no se percibe o no quiere percibirse que si se establece un modelo o sistema de movilidad sustentable se aplica una política ciudadana que prioriza beneficiar a amplios sectores de la población que requieren la prestación de un servicio público municipal (que los gobernantes deben percibir como demanda de los ciudadanos), y entonces el interés particular de quienes prestan ese servicio deficiente debe someterse al interés público, es decir, que dentro del gasto público habrá que aplicar recursos en esta cuestión para hacer más funcional y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

Por su parte, la Consulta Popular es definida como "el instrumento mediante el cual los habitantes del municipio emiten su opinión sobre asuntos de interés público o problemas comunitarios del lugar donde residan". Para el caso esto implica que existirá un mecanismo mediante el cual los ciudadanos recurramos a pedir esa opinión sobre un asunto que el gobierno municipal decida, por ejemplo, si se debe crear un espacio público, aplicar una política o programa social, etc.

Todas estas definiciones sobre los instrumentos que contempla el proyecto de reglamento deben involucrar a más personas, desde su elaboración hasta la valoración de resultados. Gobernantes con vocación democrática que aspiren a aportar algo significativo a su forma de gobernar y dejar legado, tienen esta oportunidad de abrir para ampliar y profundizar la consulta, construir ese modelo de gobernanza local que en gran medida favorecería la recuperación de la confianza que los gobernantes han perdido o mermado con los ciudadanos.

Los ciudadanos apoyamos decisiones gubernamentales o disentimos con ellas, esto es parte del juego democrático de pesos y contrapesos, puesto que la sociedad como la naturaleza es diversa, presenta una diversidad cultural y en eso reside su fortaleza. Aquellas sociedades donde los ciudadanos participamos en los asuntos públicos crean una sociedad civil y una sociedad política fuertes, algo más próximo a la democracia. Podríamos hacer un buen ejercicio civilizado de este tipo, a nivel local.

Escrito en: a la ciudadanía público, ciudadanos, interés, modelo

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