Durango

Intactos, 'vacíos' para la reelección

Diputados relegaron iniciativa en la que se buscaba clarificar esos “detalles”.

Intactos, 'vacíos' para la reelección

Intactos, 'vacíos' para la reelección

JUAN M. CÁRDENAS

Los diputados locales tampoco completaron los "vacíos" que implica la reelección para cargos populares.

Este tema se encontraba dentro de las iniciativas presentadas en el Congreso del Estado y que no fueron dictaminadas por la Comisión de Gobernación, como se argumentó que se haría al postergar la reforma electoral.

La iniciativa fue presentada por la diputada local Alma Marina Vitela durante la última semana de junio, quien expuso que su objetivo era reformar cinco artículos de la Constitución Política del Estado para resolver dichos temas.

El dictamen de reforma electoral iba a ser votado casi una semana antes de que terminara el mes de julio, pero a petición y por aprobación de 15 diputados se determinó cancelar su votación y regresarlo a la Comisión de Gobernación para que se dictaminaran también otras iniciativas electorales que no habían sido consideradas previamente.

Entre esas iniciativas se encontraba la propuesta de Vitela Rodríguez, legisladora por el distrito X, y contenía especificaciones en el aspecto de reelección de diputados locales y para los Ayuntamientos.

Entre las precisiones de la iniciativa de Marina Vitela que no fue considerada, especificaba que que un servidor público que deseara reelegirse sólo podía volver a postularse por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la candidatura común o coalición por los que haya contendido previamente, salvo que hubieran renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

Para los candidatos independientes se preveía que podrían postularse de nuevo por la misma vía o a través de un partido político o coalición.

Específicamente para los diputados que desearan reelegirse, se establecía que debían separarse de su cargo al menos 30 días antes del inicio de las precampañas, la postulación podía hacerse de manera individual y no sería obligatorio que se postulara nuevamente la fórmula íntegra.

Bajo esas mismas condiciones se podrían realizar las postulaciones en el caso de los interesados en la reelección para los Ayuntamientos.

Otro de los aspectos a resaltar en esta iniciativa descartada por la Comisión de Gobernación, se refiere a la integración del Tribunal Electoral del Estado de Durango pues se proponía incrementar de tres a cinco el número de Magistrados, cargo en el podrían desempeñarse por un periodo de seis años con opción a ser prorrogable por una sola ocasión.

Estos serían electos en forma escalonada por dos terceras partes del Senado de la República.

El pasado 31 de julio fue el último día en el que se podían legislar aspectos electorales para que pudieran tener vigencia para el próximo proceso electoral.

LO QUE SÍ QUEDÓ

La última reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales fue aprobada el 28 de junio pasado y en ésta se estableció, entre otras cosas, que los diputados locales podrán ser reelectos hasta por cuatro periodos sucesivos además de privilegiar reformas a algunas condiciones para los candidatos independientes.

Durante el tercer periodo extraordinario de sesiones celebrado en esa fecha, se aprobó también reducir del tres al uno por ciento el porcentaje de las firmas de apoyo ciudadano para que los candidatos independientes puedan registrarse y participar como aspirantes a Gobernador, a diputados e integrantes de los Ayuntamientos.

Específicamente para el caso de aspirantes independientes a la gubernatura, se aprobó que la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al uno por ciento de la Lista Nominal de electores con corte al 31 de agosto del año previo a la elección y estar integrada por electores de por lo menos 20 municipios, que sumen cuando menos el 0.5 por ciento.

Para las fórmulas de candidatos independientes diputados de mayoría relativa, el apoyo deberá ser de cuando menos el uno por ciento de la Lista Nominal correspondiente al distrito de que se trate y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que comprenda, que sumen como mínimo el 0.5 por ciento de ciudadanos.

En lo relativo a los integrantes de los Ayuntamientos, de igual forma la cédula deberá contener cuando menos el uno por ciento de la Lista Nominal de electores correspondiente al municipio en cuestión, y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que sumen mínimo el 0.5 por ciento.

Escrito en: reelecciones ELECCIONES DURANGO REELECCIÓN DURANGO diputados, candidatos, independientes, reelección

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