Durango

Habrá cárcel para los acaparadores

SE PROCEDERÁ CONTRA QUIENES ALMACENEN ARTÍCULOS BÁSICOS

Habrá cárcel para los acaparadores

Habrá cárcel para los acaparadores

DANIEL ESTRADA

Quienes almacenen artículos de consumo necesario, por un período mayor de tres meses sin efectuar operaciones de venta, serán sancionados de uno a cinco años de prisión y se les impondrá una multa de 72 a 360 días de salario.

Así lo advirtió el diputado Rosauro Meza Sifuentes, quien señaló que esta medida busca evitar de forma tajante los actos de acaparamiento.

Comentó que con las recientes reformas aprobadas a los Códigos Penales del Estado se pretende penalizar el lucro inmoderado por la venta de elementos de la canasta básica, ya que este acto conlleva una afectación en la economía de las familias.

"Al acaparar, ocultar o negar las ventas sin justificación, se obtiene un alza en los precios o afecta el abasto a los consumidores con precios excesivos en la producción, manejo y venta que las mercancías.

De acuerdo con el artículo 265 bis, se consideran artículos de consumo necesario todos los comestibles de primera necesidad, medicinas, combustibles, llantas y refacciones

 PROCEDIMIENTO

El Secretario de la Comisión de Justicia, indicó que se abroga la Ley contra el Lucro Inmoderado para el Estado, con el fin de evitar la multiplicidad de leyes administrativas que dificultan su cabal conocimiento y debida observancia por parte de los destinatarios de la norma.

Es indispensable que la legislación permita mayor certeza jurídica y un fácil manejo, y en que se debe evitar la duplicidad de las leyes en la entidad.

Por ello, resultó necesario la inclusión de la penalidad que sancione el lucro inmoderado por la venta de mercancías que integran la canasta básica, en los Códigos Penales vigentes.

El legislador precisó que no se procederá penalmente en contra de las personas que incurran en la conducta anterior cuando a pesar de haber ofrecido sus artículos en venta al público a los precios oficiales, no hubo compradores.

También cuando las mercancías que almacena son para uso propio y en cantidades que no excedan a las necesidades normales durante dos meses.

Daño

Con las recientes reformas aprobadas a los Códigos Penales del Estado se pretende penalizar el lucro inmoderado por la venta de elementos de la canasta básica.

Riesgo

Acaparar, ocultar o negar las ventas sin justificación, conlleva una afectación en la economía de las familias, razón por la cual se establecen medidas rigurosas.

Efectividad

Los Códigos Penales vigentes sancionarán el lucro inmoderado por la venta de mercancías que integran la canasta básica.

Escrito en: acaparadores venta, canasta, inmoderado, lucro

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