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Condenan a militares “ligados” a Los Zetas

El Universal.

Por el delito contra la salud en su modalidad de colaboración con la organización criminal Los Zetas, la justicia militar condenó a ocho elementos a 26 años y tres meses de prisión; la defensa apelará en los siguientes cinco días hábiles ante el Tribunal Superior Militar.

Tras 60 horas de audiencia durante el Consejo de Guerra realizado en la Séptima Compañía de Infantería no Encuadrada en Perote, Veracruz, el juez primero militar, Alfredo Piñeyro Escoto, estimó que había elementos suficientes para sentenciar a los militares, destituirlos del cargo y multarlos con 15 mil pesos, por lo que permanecerán en el penal federal de Villa Aldama, Veracruz.

Aunque no los encontró culpables por el delito de delincuencia organizada, y en el caso de uno de ellos, tampoco lo encontró culpable de posesión de armas de uso exclusivo, no fue suficiente para alcanzar su libertad.

Los sentenciados son los tenientes de Infantería, Sócrates Humberto López Escobar, Javier Rodríguez Aburto, Marcos Augusto Pérez Cisneros; los subtenientes Francisco Javier Soto Núñez, Carlos Miguel Gallardo Ibarra y Édgar Valencia Cárdenas; el cabo Pedro Montes Vázquez y el soldado Omar Alejandro Martínez.

Se trata de un grupo de 16 militares detenidos el 13 de marzo de 2011, pertenecientes al 69 Batallón de Infantería en Saltillo, Coahuila, por formar parte de una presunta red que colaboraba con Los Zetas en el sentido de proporcionarles información de los operativos que realizaban a cambio de pagos en efectivo.

El Consejo de Guerra, que presidió el general Juan Antonio Jasso Martínez, absolvió al teniente Julián Castilla Flores por delincuencia organizada y delitos contra la salud.

En el caso de Castilla Flores, quién de Coahuila pidió su cambio a Chiapas donde fue detenido, la defensa comprobó que no formaba parte de esa presunta red.

Los siete militares restantes que no fueron a Consejo de Guerra, porque buscaron un amparo, esperan que a finales del año sean juzgados.

Durante seis días de audiencia el agente del Ministerio Público Militar, mayor Josué Canales Martínez, sostuvo sus conclusiones acusatorias, mientras que la defensa presentó las evidencias que comprobaron que los procesados declararon bajo tortura, obligándoles a reconocer su colaboración con esa organización.

En los casos de López Escobar y Soto Núñez, la defensa argumentó al Consejo de Guerra la aplicación del Protocolo de Estambul de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que acreditó que hubo tortura al momento de la detención.

Exhibió el documento en el que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) aceptó por convenio la reparación de daño por la tortura ocurrida en las instalaciones del 69 Batallón de Infantería los días 13, 14, 15 y 16 de marzo de 2011 contra los dos militares antes mencionados.

También se presentó ante el consejo un testigo para ser interrogado, el teniente auxiliar sicólogo, Sergio Daniel Solares, quien se encargó del peritaje que ordenó la propia Sedena.

El teniente dijo que al realizar la evaluación sicológica los detenidos presentaron estrés postraumático y secuelas de depresión por posibles actos de tortura durante su detención.

Escrito en: defensa, militares, Consejo, teniente

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