Finanzas

 

Profeco exhorta a ser precavidos al empeñar prendas

El consumidor debe cerciorarse que la casa de empeño exhiba las tarifas en pesos mexicanos

Tras los excesos en diciembre, familias deben recurrir al empeño para solventar los gastos de enero. (EL SIGLO DE TORREÓN)

FABIOLA P. CANEDO 3 ene 2024 - 07:48

Después de los gastos navideños, comenzar el nuevo año es muy complicado para muchas familias, lo que propicia buscar un dinero extra para hacer frente a los gastos que vienen y el empeño es una de las soluciones más frecuentes.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recomienda que antes de dejarse llevar por el dinero rápido y empeñar una prenda se tome en cuenta si se tendrán los recursos para recuperarla, además de revisar el Costo Anual Total (CAT) del sitio.

El consumidor debe cerciorarse que la casa de empeño exhiba las tarifas en pesos mexicanos. Es importante consultar en el Buró Comercial de Profeco las casas de empeño que cuentan con contrato registrado, así la persona podrá ver que no existen condiciones desventajosas en su contra.

Leer detenidamente el contrato permitirá conocer y tomar en cuenta las condiciones a las que se compromete, tanto el consumidor, como el establecimiento. El contrato de adhesión es el instrumento que ayudará en caso de problemas o inconformidad con el servicio.

Se debe recordar que los intereses se cobran por días devengados. Aclarar todas las dudas respecto al contrato y el servicio permitirá al consumidor evitar confusiones.

El crédito prendario no es más que dejar algo en prenda como garantía del cumplimiento de un compromiso o de la devolución de un préstamo. La Asociación Nacional de Casas de Empeño (Anace) explica que en México un alto porcentaje de la población económicamente activa no tiene acceso a créditos bancarios, pero sí necesidades concretas de financiamiento, de ahí que el crédito prendario se convierta en una opción más en el mercado financiero.

Cuando el propietario de la prenda (pignorante) no cumple con el pago o no refrenda su préstamo, el artículo empeñado se pone a la venta.

En México, a partir de 2006 se adicionó a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) el artículo 65 bis que regula la operación de las casas de empeño y se hace competente a la Profeco para intervenir en asuntos relacionados con este tipo de operaciones. En 2008 entró en vigor la norma oficial NOM-179-SCFI-2007, la cual establece los requisitos de información comercial que deben proporcionar las casas de empeño al consumidor, así como la información que debe contener el contrato que le entregarán.

Esta norma oficial, entre otras cosas, obliga a las casas de empeño a registrar su contrato de adhesión ante la Profeco, quien se encarga de revisar el clausulado para que no incluya condiciones abusivas en contra del consumidor.

Consulte el Buró para comprobar si la casa tiene registrado su contrato.

Noticias relacionadas

EL SIGLO RECIENTES

+ Más leídas de Finanzas