En una conferencia de prensa en Tokio, Japón, el presidente Felipe Calderón entró al tema de la controversia constitucional que la Procuraduría General de la República ha promovido sobre la ley que legaliza el matrimonio entre homosexuales en el Distrito Federal.
"La Constitución de la República habla explícitamente del matrimonio entre el hombre y la mujer -dijo-y ahí hay simplemente un debate legal que tiene que ser resuelto por la Suprema Corte, pero no tiene éste ninguna intencionalidad política ni parte de ningún prejuicio".
"Yo, desde luego -continuó--, respeto plenamente las preferencias sexuales de las personas y a las parejas integradas por personas del mismo sexo, pero la Procuraduría presenta año tras año decenas de controversias constitucionales donde hay una duda razonable sobre la constitucionalidad de una disposición de un ámbito legislativo local".
El Presidente no citó el artículo de la Constitución que "habla explícitamente del matrimonio entre el hombre y la mujer", pero yo sólo conozco uno. Es el 30, que no tiene nada que pudiera hacer suponer que nuestra Carta Magna prohíbe los matrimonios entre personas del mismo sexo.
El texto se refiere a quiénes pueden ser mexicanos por naturalización e incluye a "La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos..."
El artículo 30 no define el matrimonio. Su redacción no establece, por otra parte, que para ser mexicano por naturalización el varón deba estar casado con una mujer o la mujer con un hombre. Simplemente dice que por matrimonio se puede adquirir el derecho a la naturalización.
El otro artículo de la Constitución con el que se ha buscado justificar la controversia constitucional es el cuarto, el cual establece: "El hombre y la mujer son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia".
Pero lejos de prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo, la redacción del artículo cuarto parece ordenar exactamente lo contrario. El texto determina que los hombres y las mujeres son iguales ante la ley sin discriminar por preferencia u orientación sexual. Además mandata a la ley la protección de la familia. Sería absurdo considerar que la mejor forma de proteger el desarrollo de la familia fuese prohibir la formación de familias a un grupo de personas sólo por ser del mismo sexo.
No hay hasta donde yo puedo ver ningún pasaje en la Constitución que impida a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal formalizar el matrimonio entre homosexuales. De hecho, la controversia que ha promovido la PGR sólo puede explicarse por razones políticas. El matrimonio entre homosexuales, después de todo, no es popular porque la mayoría de la población es heterosexual y porque hay una marcada discriminación en la sociedad contra esta minoría. La PGR parece querer promover esta discriminación con el propósito de permitirle al PAN obtener ventajas políticas.
La otra posible razón de la acción de la Procuraduría sería quedar bien con la Iglesia Católica, la cual ha encabezado la lucha contra los matrimonios entre homosexuales. Resulta, sin embargo, inquietante que una institución de un Estado que presume ser laico esté actuando en representación de una organización religiosa.
Yo entiendo que el matrimonio entre homosexuales no es popular. Pero los temas que tienen que ver con derechos fundamentales no se pueden definir por mayoría de votos. Toda persona tiene derecho a hacer una vida en común con la persona que ama, y hacerlo con los derechos y obligaciones que la ley establece.
Nada más aborrecible que ver a los políticos tratando de aprovechar las muertes de los jóvenes de Ciudad Juárez. Que si la responsabilidad de la violencia es del Gobierno Federal panista; que si de los gobiernos estatal y municipal priistas. Las declaraciones de los legisladores sobre este tema nos muestran a un verdadero grupo de buitres.
"La Constitución no otorga derechos: los reconoce".
Jason Laumark