
Normativa. En contraste con el grueso de los paises que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), México sí cuenta con una normativa respecto al desarrollo de actividades laborales en condiciones extremas de calor o frío.
En contraste con el grueso de los países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), México sí cuenta con una normativa respecto al desarrollo de actividades laborales en condiciones extremas de calor o frío.
Esto cobra especial relevancia debido a las condiciones climáticas generadas por la cuarta ola de calor, que azotó el territorio nacional y dejó temperaturas récord de 40.6°C para la capital del estado, lo que obligó a la cancelación de actividades en algunas organizaciones y la modificación de la jornada laboral en otras más.
Se trata de la Norma Oficial Mexicana NOM-015-STPS-2001, publicada el 16 de junio de 2002 en el Diario Oficial de la Federación, con el objetivo de que las organizaciones establezcan condiciones de seguridad e higiene relacionadas con los tiempos máximos permisibles de exposición a condiciones térmicas extremas.
El documento refiere que "esta Norma aplica en todos los centros de trabajo del territorio nacional en los que exista exposición de los trabajadores a condiciones térmicas, provocadas por fuentes que generen que la temperatura corporal de los trabajadores sea inferior a 36°C o superior a 38°C".
Al respecto, Felipe Cuadra, cofundador y gerente de nuevos negocios en Rankmi, plataforma de gestión de personas líder en Latinoamérica, destaca la importancia de socializar dicha Norma entre los empleados y empleadores ya que en la actualidad es más bien bajo el nivel de fiscalización.
"Estos temas son cubiertos, cuando tu comparas la legislaciones laborales por artículos mucho más generales de ambiente apropiado de trabajo, etc. pero en México hay una normativa clara que se conoce muy poco y que tiene condiciones muy especificas respecto a qué tipo de trabajo se puede hacer en qué temperaturas, cuándo y cuánto tiempo debieses tener para recuperarte".
En el último informe generado por la plataforma para gestión de capital humano, destaca que el "estrés térmico laboral" generado por las altas temperaturas puede provocar desde un simple dolor de cabeza, a la aparición de debilidad, fatiga, irritación en la piel, calambres musculares, náuseas, abundante sudoración, deshidratación, confusión y problemas respiratorios, entre otros. A medida que la temperatura corporal supera los 37°C, nuestro cerebro se ve obligado a destinar más recursos para regularla, lo que afecta la atención, la concentración y la memoria.
DIFERENTES ESTÁNDARES
La Norma Oficial Mexicana hace distinción entre las actividades laborales pesadas, moderadas y leves, es decir que un trabajo de oficina presenta condiciones distintas de exposición a las que tiene un trabajador que labora en exteriores en la operación de maquinaria pesada.
Como ejemplo, un trabajador que realice actividades al exterior a una temperatura de 30°C deberá tener un tiempo de exposición de 25 por ciento contra un 75 por ciento de descanso por hora, mientras que en la misma temperatura, haciendo un trabajo ligero, el trabajador puede tener un 100 por ciento de exposición por hora, de acuerdo a la NOM-015-STPS-2001.
Según las estimaciones de Rankmi, al menos el 45 por ciento de los trabajadores que actualmente integran la Población Económicamente Activa deben laborar en condiciones que atiende la Norma Oficial en cuestión.
FALTA FISCALIZACIÓN
Actualmente, es el sector minero uno de los que lleva la delantera en la implementación de la NOM sobre condiciones térmicas elevadas o abatidas-condiciones de seguridad e higiene, seguido por el sector manufacturero y la industria agropecuaria, aunque también las empresas relacionadas con actividades de construcción también han empezado a establecer estrategias de cumplimiento en busca de que ello impacte en sus niveles de productividad.
Si bien es el Gobierno Federal el obligado a vigilar el cumplimiento de la Norma, son los empleadores los que deben implementarla en sus organizaciones.
A este respecto, Felipe Cuadra apunta que es necesario que las organizaciones primero identifiquen si sus colaboradores laboran en condiciones que obliguen a la implementación de estrategias, luego, deberán hacer un mapa de las áreas críticas "no va a ser en todos lados al mismo tiempo".
Como ejemplo puso a una empresa especializada en la extracción de ripio, una actividad que se realiza en los márgenes de los ríos. Las personas del área administrativa operan en condiciones diferentes a las que imperan en un patio de maniobras y es ahí donde debe vigilarse el cumplimiento de la norma.