Durango

Embarazo adolescente

Se configurarían dos delitos en caso de niña que dio a luz en Durango: Julieta Hernández

Se configurarían dos delitos en caso de niña que dio a luz en Durango: Julieta Hernández

Se configurarían dos delitos en caso de niña que dio a luz en Durango: Julieta Hernández

CLAUDIA J. BARRIENTOS

Que una niña de 13 años de edad diera a luz en Durango es un reflejo de la falta de atención en materia de prevención del embarazo adolescente, pero lo más grave es que se configuran dos delitos, por lo que las autoridades debieron dar seguimiento desde que tuvieron conocimiento del caso y activar los protocolos respectivos.

Así lo informó la presidenta de la organización “Sí hay mujeres en Durango”, Julieta Hernández Camargo, quien explicó que, de acuerdo al Código Penal del Estado de Durango, quien tenga relaciones sexuales antes de los 14 años es víctima de violación, aunque preste su consentimiento.

Por lo que sería responsable del delito de violación la pareja de la niña quien, de acuerdo a lo que se informó, tiene 18 años.

De ahí que, desde que se atendió a esta niña en el ámbito médico, se debió proceder de inmediato y hacerlo del conocimiento del Ministerio Público, como establece el protocolo.

Asimismo, la activista dio a conocer que se le debe fincar responsabilidad al padre y a la madre de la menor por omisión de cuidados.

Advirtió que no se deben normalizar este tipo de casos ni pretender justificarlos, ya que “sí tiene algo de malo, una niña depende de su mamá y papá por lo que se configurarían dos delitos”, agregó.

Finalmente, lamentó que en Durango no se estén implementando medidas para atender la problemática que se registra en torno al embarazo temprano, lo que inclusive es una recomendación de la Declaratoria de la Alerta de Género en la que se mantienen 16 municipios.

El Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango establece en el artículo 177 que “se aplicarán de diez a quince años de prisión y multa de setecientas veinte a mil ochenta veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien: I. Realice cópula con persona menor de catorce años de edad o con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; o, II. Introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano distinto del pene en una persona menor de catorce años de edad o persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho”.

Escrito en: OMISIÓN DE CUIDADOS embarazos embarazo adolescente DURANGO DELITOS niña, persona, menor, cualquier

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