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Reparto de Utilidades

Soriana pagó en Durango 130 pesos de utilidades; aquí te decimos como calcular lo que te toca

La empresa está obligada a repartir sus utilidades si tuvo un ingreso anual superior a 300 mil pesos.

Soriana pagó en Durango 130 pesos de utilidades; aquí te decimos como calcular lo que te toca

Soriana pagó en Durango 130 pesos de utilidades; aquí te decimos como calcular lo que te toca

EL SIGLO DE DURANGO

El pasado fin de semana se manifestaron trabajadores de la cadena comercial Soriana en distintas ciudades del país, incluyendo la ciudad capital, donde incluso se llegó a suspender labores en protesta, por lo que consideraron un pobre pago de utilidades.

Los trabajadores se inconformaron pues, reportan que les pagaron por este concepto, entre 70 y 130 pesos.

Ante esto, muchos trabajadores de diversas empresas tienen la duda de cuánto es lo que les deben de pagar en sus empresas por este derecho laboral y aquí te comentamos lo que debes de saber.

¿Qué dice la Ley?

El reparto de utilidades es un derecho de todos los trabajadores en México, cuyo objetivo es el equilibrar la relación entre el trabajo y el capital, reconocer la contribución de la fuerza laboral y mejorar la distribución de la riqueza.

¿Cuánto me corresponde? 

Para saber cuánto es lo que nos corresponde por reparto de utilidades, esto se obtiene del 10% de las ganancias que reporta la empresa, el año anterior, y se divide en dos partes iguales: por días laborados y proporción salarial.

¿Cuándo es la fecha límite para que me paguen utilidades?

La Ley Federal del Trabajo estipula que el 31 de mayo es la fecha límite para recibir tus utilidades, por lo que la empresa, o los patrones, deberán de proporcionar dicha prestación.

¿Quiénes tienen derecho a esta prestación?

El reparto de utilidades se otorga a todos los empleados, excepto directores, administradores, gerentes generales y socios o accionistas. Tampoco están incluidos, trabajadores domésticos, o los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año fiscal correspondiente.

No me dieron utilidades, ¿qué puedo hacer?

En caso de no recibir el reparto de utilidades, se cuenta con dos opciones:

  • Acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para levantar una queja. Dicha instancia tiene la obligación de atender esas quejas y resolverlas en un plazo relativamente corto. La Procuraduría solicitará al patrón que exhiba los documentos que acrediten si existe el reparto de utilidad correspondiente a este ejercicio, o en todo caso si no hubo utilidad, aclarar ese punto con el trabajador.
  • La segunda opción es que se realice una demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para efecto de hacer ese reclamo, y que se resuelva el caso para que le puedan hacer el pago correspondiente, ya que es una obligación de todos los patrones que hayan generado utilidad hacer ese reparto.
  • En ambos casos, la Procuraduría solicitará al patrón que exhiba los documentos que acrediten si existe el reparto de utilidad correspondiente a este ejercicio, o en todo caso, si no hubo utilidad, aclarar ese punto con el trabajador.

    Escrito en: Soriana Madero Reparto de Utilidades reparto, trabajadores, utilidades,, utilidad

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