Durango

acoso escolar

Diputados de Durango aprueban definición del 'acoso escolar'

Diputados de Durango aprueban definición del 'acoso escolar'

Diputados de Durango aprueban definición del 'acoso escolar'

JUAN M. CÁRDENAS

El Congreso del Estado de Durango aprobó la definición formal de lo que se debe entenderse por acoso escolar, dentro de la Ley de Educación local.

“Acosar es perseguir sin darle tregua ni reposo a una persona, es apremiar de forma insistente a alguien con molestias o requerimientos. Dicha descripción, trasladada al ámbito escolar puede resultar en una gran afectación a la autoestima y a la seguridad de toda niña, niño o adolescente que asiste a cualquier centro escolar a recibir instrucción académica”, comentó el diputado local Londres Botello Castro.

Como promotor de la iniciativa de reforma, señaló que el acoso escolar es un asunto que ha tomado dimensiones de alerta entre todos los sectores de la población.

Añadió que a nivel nacional se han venido tomando medidas y acciones para frenar el acoso entre estudiantes, manifestado a través de intimidaciones, agresiones y hostigamiento en sus diversas vertientes.

A grado tal ha llegado dicha problemática que en algunas entidades federativas ya se han implementado leyes que, en específico, son creadas para tratar exclusivamente el fenómeno del acoso escolar o bullying, como comúnmente se le conoce.

Incluso, algunos asuntos han tomado tal relevancia que han sido trágicas noticias a nivel nacional e internacional, lo que hace ver la magnitud que ha adquirido ese fenómeno en mención.

“Poco a poco el acoso escolar se ha convertido en un foco de atención y poco a poco los actos de acoso escolar han ido aumentando su impacto en toda la sociedad de nuestro país”, agregó.

Incluso la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación, debido a los asuntos que en relación con dicho tema, le han llegado para su deliberación, ha buscado establecer una descripción más precisa de aquello que se debe entender como acoso escolar.

La mencionada conducta es factor para la deserción académica, es factor que puede afectar el sano crecimiento de los estudiantes, que puede resultar determinante en la estabilidad emocional y mental de una niña o de un niño.

Además, constituye una forma de discriminación entre estudiantes, que se puede iniciar por la manera de comportarse, de vestir, de actuar, de expresarse o por pertenecer a cierto grupo social, a cierto estrato económico o hasta por el color de piel o la apariencia física.

Por otro lado, el diputado local consideró que el derecho a la educación deber ser garantizado y protegido contra cualquier acto que lo impida o pretenda impedirlo; por lo que existe la obligación de combatir cualquier conducta que atente contra la seguridad e integridad de todo menor que acude a los centros educativos.

“Por lo tanto, incluir la definición formal de lo que se debe entender por acoso escolar dentro de la Ley de Educación de nuestra entidad, es un acierto y una necesidad que hoy se satisface mediante el dictamen”, finalizó.

El dictamen de la Comisión de Educación del Congreso del Estado fue aprobado por unanimidad del Pleno.

Escrito en: ACOSO ESCOLAR acoso, escolar, debe, poco

Noticias relacionadas

EL SIGLO RECIENTES

+ Más leídas de Durango

TE PUEDE INTERESAR

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas