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¿Pueden multar a una mujer por su vestimenta en Durango?

¿Existen bases legales para multar a una mujer por su vestimenta?, aquí te contamos lo que debes de saber.

¿Pueden multar a una mujer por su vestimenta en Durango?

¿Pueden multar a una mujer por su vestimenta en Durango?

JORGE LUIS CANDELAS

¿Alguna vez has considerado que la vestimenta de una mujer pudiera ser sujeta a las leyes?, en algunos lugares, como restaurantes, teatros, o centros de trabajo, es común encontrar normas de vestimenta para, tanto hombres como mujeres.

Sin embargo, la vestimenta de una mujer, o de un hombre, no está sujeta a ninguna ley estatal o municipal, no hay una norma específica que prohíba o multe por su forma de vestir en espacios públicos, siempre y cuando no se infrinjan normas generales de orden público o decencia establecidas en reglamentos locales.

Hablando específicamente sobre la legislación local, el Reglamento de Policía y Gobierno Municipal de Durango, que regula el comportamiento en espacios públicos, podría incluir artículos relacionados con el "orden y la moral pública", pero estos suelen ser vagos y no detallan restricciones específicas sobre la vestimenta femenina, como el largo de una falda o el tipo de ropa.

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¿Qué dice el Código Penal del Estado de Durango?

En Durango existe un apartado dentro del Código Penal que se refiere al concepto de "ultraje al pudor público".

Este delito se refiere a actos que atentan contra la moral o las buenas costumbres en un espacio público, de manera que ofendan o perturben a quienes los presencien.

En el caso de la vestimenta, el ultraje al pudor público no se aplicaría a una mujer por usar ropa corta, ajustada o incluso un bikini en un contexto apropiado (como una alberca pública o un evento al aire libre). Sin embargo, si alguien se despojara de toda su ropa en un lugar público o dejara expuestas áreas íntimas de manera intencional y visible para otros, podría configurarse el delito. Por ejemplo:

  • Caminar desnuda por una calle concurrida: Sí, podría ser ultraje al pudor.
  • Usar un top corto o shorts en el centro de la ciudad: No, salvo interpretación arbitraria de la autoridad, lo cual sería cuestionable legalmente.

Pero, ¿es sancionable?

La respuesta directa es Sí, si es sancionable, y las penas por ultraje al pudor público en Durango suelen incluir:

  • Multa: Una sanción económica que varía según la gravedad y el criterio del juez.
  • Arresto administrativo: Detención por unas horas o hasta 36 horas en casos menores.
  • Prisión: En casos más graves o reincidentes, podría implicar una pena de cárcel corta, aunque esto es menos común.

Aunque, hay que señalar que la interpretación de este delito puede ser subjetiva y depende de factores como la cultura local, el testimonio de testigos y la decisión del juez.

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¿Qué dice la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al respecto?

La carta magna garantiza la libertad de expresión (Artículo 6) y el derecho a la igualdad (Artículo 1), lo que incluye la libertad de elegir cómo vestirse, siempre que no se viole alguna disposición penal o administrativa clara

Sin embargo, en la práctica, las autoridades podrían intentar aplicar sanciones bajo pretextos como "faltas a la moral" o "alteración del orden público", dependiendo del contexto (por ejemplo, en eventos públicos o zonas conservadoras). Esto sería más una interpretación subjetiva de un policía o juez cívico que una regla explícita sobre vestimenta.

Usos y costumbres

En regiones o comunidades más tradicionales de Durango, como zonas rurales, comunidades menonitas, o indígenas, podrían existir normas consuetudinarias locales que desaprueben ciertas vestimentas, pero estas no tienen fuerza legal para imponer multas a menos que estén respaldadas por un reglamento municipal oficial. 

Hasta la fecha, no existe registro alguno de que se haya implementado una política específica en Durango para multar a mujeres por su ropa.

Así que ahora ya lo sabes, y en el caso de que una mujer fuera multada por su vestimenta, podría impugnarlo legalmente argumentando violación a sus derechos fundamentales, siempre que no haya un delito claro asociado (como exposición indebida en un lugar público, lo cual está regulado por el Código Penal de Durango bajo el concepto de "ultraje al pudor público", pero requiere un contexto específico). 

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